Comité Científico >
El Comité estará compuestos por profesionales de reconocida trayectoria científica y vinculados a las Ciencias de la Alimentación y Nutrición Humana, Agricultura, Investigación básica, Desarrollo e Innovación, Biotecnología vegetal y alimentaria, etc. especialmente, en aquellos aspectos relacionados con el consumo de frutas y hortalizas, así como en aspectos productivos, de distribución, tecnológicos, de calidad nutricional, sensorial y de seguridad alimentaria, vinculados a estos grupos de alimentos.
El Comité Científico de la Asociación 5 al día estará compuesto por un/a presidente/a, al menos tres miembros de La Academia, una vocalía permanente de la Asociación que recaerá sobre la persona que ostente la dirección, y se completará con vocales hasta no más de 25 miembros en el Pleno del Comité.
PRESIDENTE
Academia Española de Nutrición y Dietética
VOCAL
Profesor de Nutrición y Bormatología. Universidad de Barcelona
VOCAL
Catedrático de Bioquímica y Biología molecular. Universitat de les Illes Balears.
VOCAL
Catedratico. Universidad Politécnica de Cartagena. Sociedad Española de Ciencias Hortícolas
VOCAL
Consultor en Nutrición Comunitaria y Salud Pública.
VOCAL
Academia Española de Nutrición y Dietética
VOCAL
Vicerrectora de Investigación. Universidad de Navarra
VOCAL
Profesora de Nutrición y Bromatología. Universidad de Zaragoza
VOCAL
Institut de la Recerca i Tecnologia Agroalimentàries (IRTA).
VOCAL
Universidad Complutense de Madrid.
VOCAL
Catedrática. Universidad Politécnica de Valencia. Sociedad Española de Agricultura Ecológica.
La pertenencia al Comité Científico será incompatible con cualquier clase de intereses, directos o indirectos, con la industria alimentaria o cualquier institución pública o privada relacionada con la alimentación, que puedan afectar a la independencia de los dictámenes.
Los miembros del Comité Científico, guardarán secreto de las deliberaciones, así como de todos los datos e informaciones de las que tuviesen conocimiento en el ejercicio de sus funciones, estando obligados al sigilo profesional durante el proceso de elaboración de informes y hasta tanto éstos estén finalizados y se hagan públicos.
La independencia se impone como condición necesaria para satisfacer los principios de eficacia, excelencia y adecuación de los miembros del Comité a las funciones requeridas, así como la disponibilidad objetiva para el adecuado ejercicio de su función.
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