Comité Científico >
El Comité estará compuestos por profesionales de reconocida trayectoria científica y vinculados a las Ciencias de la Alimentación y Nutrición Humana, Agricultura, Investigación básica, Desarrollo e Innovación, Biotecnología vegetal y alimentaria, etc. especialmente, en aquellos aspectos relacionados con el consumo de frutas y hortalizas, así como en aspectos productivos, de distribución, tecnológicos, de calidad nutricional, sensorial y de seguridad alimentaria, vinculados a estos grupos de alimentos.
El Comité Científico de la Asociación 5 al día estará compuesto por un/a presidente/a, al menos tres miembros de La Academia, una vocalía permanente de la Asociación que recaerá sobre la persona que ostente la dirección, y se completará con vocales hasta no más de 25 miembros en el Pleno del Comité.
PRESIDENTE
Academia Española de Nutrición y Dietética
VOCAL
Profesor de Nutrición y Bormatología. Universidad de Barcelona
VOCAL
Catedrático de Bioquímica y Biología molecular. Universitat de les Illes Balears.
VOCAL
Catedratico. Universidad Politécnica de Cartagena. Sociedad Española de Ciencias Hortícolas
VOCAL
Consultor en Nutrición Comunitaria y Salud Pública.
VOCAL
Academia Española de Nutrición y Dietética
VOCAL
Vicerrectora de Investigación. Universidad de Navarra
VOCAL
Profesora de Nutrición y Bromatología. Universidad de Zaragoza
VOCAL
Institut de la Recerca i Tecnologia Agroalimentàries (IRTA).
VOCAL
Universidad Complutense de Madrid.
VOCAL
Catedrática. Universidad Politécnica de Valencia. Sociedad Española de Agricultura Ecológica.
VOCAL
Investigadora en el Centro de Investigación y Tecnología Agroalimentaria de Aragón (CITA)
VOCAL
Consultor de Postcosecha en Productos Citrosol S.A.
La pertenencia al Comité Científico será incompatible con cualquier clase de intereses, directos o indirectos, con la industria alimentaria o cualquier institución pública o privada relacionada con la alimentación, que puedan afectar a la independencia de los dictámenes.
Los miembros del Comité Científico, guardarán secreto de las deliberaciones, así como de todos los datos e informaciones de las que tuviesen conocimiento en el ejercicio de sus funciones, estando obligados al sigilo profesional durante el proceso de elaboración de informes y hasta tanto éstos estén finalizados y se hagan públicos.
La independencia se impone como condición necesaria para satisfacer los principios de eficacia, excelencia y adecuación de los miembros del Comité a las funciones requeridas, así como la disponibilidad objetiva para el adecuado ejercicio de su función.
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